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Auditoría de cuentas anuales
En Lavinia auditores somos especialistas en la confección de informes de auditoría de cuentas para entidades medianas. Somos auditores inscritos en el ROAC y en el ICAC y tenemos auditores internacionales con los que colaboramos de forma activa, lo que nos permite realizar también auditorías de entidades filiales de grupos internacionales.
El informe de auditoría de cuentas anuales obligatoria es para aquellas sociedades que superen durante dos ejercicios consecutivos los límites de auditoría obligatoria. El segundo año que supera los limites será el año que estará la entidad obligada a auditarse. El informe de auditoría de cuentas anuales deberá depositarse en el registro mercantil conjuntamente con las cuentas anuales de la entidad auditada en el mismo momento que se realiza el depósito de las cuentas anuales.
El nombramiento de auditores de cuentas anuales deberá realizarse y depositarse antes del cierre del ejercicio social que deberá auditarse.
El informe de auditoría de cuentas anuales voluntaria es para aquellas entidades que no cumplen los límites anteriores y/o alguno de los accionistas ha solicitado al registrador el nombramiento de los auditores de las cuentas.
El informe de auditoría de cuentas anuales consolidadas para aquellos grupos que están obligadas a formular cuentas anuales consolidadas, al igual que en el informe de auditoría de cuentas anuales obligatoria, los límites deben cumplirse durante dos ejercicios consecutivos. Nuestros auditores son todos miembros del ROAC y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España lo que nos capacita para realizar auditorías de cuentas.
Auditoría Fundaciones y Asociaciones
La normativa específica autonómica remite a la normativa general de contabilidad de las entidades sin fines lucrativos.
Dicha normativa general vigente es el Real decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo del plan de actuación de las entidades sin fin de lucro.
No obstante, debe indicarse respecto a las fundaciones de ámbito de la Generalitat de Catalunya que actualmente esté en vigor el Decreto 259/2008de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Contabilidad de las fundaciones y asociaciones sujetas a la Generalidad de Cataluña.
Los límites de auditoría externa no son iguales para cada una de las fundaciones autonómicas. Dichos límites deben entenderse aplicarse , sin perjuicio de lo dispuesto de los supuestos de auditoría que son de aplicación general y que se contienen en el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas y su reglamento de desarrollo.
En resumen, los requisitos que determinan la obligación de auditar sus cuentas en determinados supuestos que podríamos resumir en dos:
- Aquellas entidades que superan dos de tres requisitos, como norma general, teniendo en cuenta las diferencias que puedan existir entre la normativa de las diferentes comunidades españolas, ( total activo, importe neto del volumen anual de ingresos y número medio de personas, -de los tramos deben cumplirse dos de los tres) durante mas de dos ejercicios consecutivos.
- Aquellas entidades que reciban subvenciones o presten servicios a las Administraciones Públicas por valor de 600.000 euros anuales
Requisitos y tramos, de los cuales deben cumplirse dos de los tres (como norma general)
- Total activo, que sea superior a 2.400.000 euros
- Importe neto del volumen anual de ingresos, que sea superior a 2.400.000 euros
- Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio, que sea superior a 50.
Dichos requisitos y tramos en las entidades sujetas a la Generalidad de Cataluña son (igualmente deben cumplirse dos de los tres tramos):
- Total activo, que sea superior a 6.000.000 de euros
- Importe volumen anual de ingresos ordinarios, que sea superior a 3.000.000 de euros
- Número medio de trabajadores durante el ejercicio, que sea superior a 50.
Después de 10 años auditando fundaciones y asociaciones en toda España, realizando auditorías voluntarias y auditorias obligatorias, en auditores fundaciones, tenemos el conocimiento y la experiencia suficiente que requieren este tipo de trabajos especializados que difieren del requerido por entidades mercantiles.
Informe de justificación subvenciones
Tanto a nivel Estatal, como por parte de algunas Comunidades Autónomas y Ayuntamientos se conceden subvenciones o préstamos para determinadas actividades de interés para su zona de influencia y que necesitan ser auditadas por un auditor de cuentas inscrito en el ROAC como los de Lavinia Audit.
Estas acciones están financiadas por los fondos de estas entidades y otras utilizan los recursos concedidos por otras administraciones, el caso más habitual es el de los fondos FEDER (Unión Europea),si bien hay otros organismos oficiales que también aportan estas subvenciones a las empresas para el desarrollo de determinadas actividades.
Hay acciones que fomentan la competitividad a través de la investigación, para potenciar determinados sectores culturales como la producción cinematográfica, la industria de la moda, las actividades culturales como la cinematografía, la formación y otros tipos de actuaciones.
La totalidad de estas subvenciones requieren de un informe de auditoría de cuentas de justificación de los gastos incurridos para la subvención que deberá certificar un auditor de cuentas inscrito en el ROAC. En Lavinia Auditores contamos con un equipo de auditores especializados en los informes para subvenciones.
Lavinia Auditores está especializada en la confección de informes en auditoría de justificación de subvenciones.
Ampliación y reducción de capital
Ampliar el capital supone una manera de financiarse para obtener nuevas inversiones. La decisión de ampliar capital social es importante para su visión frente a terceros. Dicha operación conlleva unos gastos de emisión.
Los gastos de constitución y ampliación de capital según la NRV nº 9
“…en el caso de que la empresa realice cualquier tipo de transacción con sus instrumentos de patrimonio, el importe de estos se registrará en el patrimonio neto, como una variación de los fondos propios, y en ningún caso podrán ser reconocidos como activos financieros de la empresa ni se registrara resultado alguno en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Los gastos derivados de estas transacciones, incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de letrados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación, se registraran directamente contra el patrimonio neto como menores reservas”
Si hacemos referencia a la deducibilidad de los gastos de constitución y ampliación de capital podemos afirmar que a pesar de que estos gastos no pasan contablemente por la cuenta de gastos (al imputarse directamente a reservas) son gastos deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades. Se producirá un menor importe a ingresar en el ejercicio en que se amplíe el capital social, es decir, un menor pasivo corriente; o bien, un mayor importe a devolver, es decir, un mayor activo corriente
Informes periciales económicos
El Informe Pericial independiente es un documento que suele ser requerido en gran parte de los litigios que se llevan a cabo en nuestro país, y que, cada vez más, son vistos como una aportación fundamental en los procedimientos judiciales para dar una mayor solidez y rigor a los argumentos presentados por las partes que intervienen en un litigio. Además, en los conflictos de carácter económico-financiero, la intervención de expertos independientes en materia económica, financiera y contable es determinante para el resultado final de la querella y para poder minimizar los costes reclamados por la parte contraria.
Tal y como se señala en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, cuando para evaluar hechos y circunstancias que se consideran relevantes o adquirir certeza sobre ellos, sean necesarios conocimientos específicos, se podrá aportar al proceso Informe de peritos que posean y puedan acreditar dichos conocimientos. Con la emisión del Informe Pericial el perito actuante deberá manifestar, bajo juramento, haber realizado su tarea con la mayor objetividad posible y bajo la promesa de decir verdad.
Es por todo ello que el Informe Pericial debe contener la información sobre el asunto objeto de litigio de forma clara, bien argumentada y fundada, además de estar adecuadamente acreditada mediante la documentación que sea necesaria. Asimismo es imprescindible, tal y como se exige en la legislación vigente, que los peritos sean expertos en la materia objeto del Informe pericial y tengan una capacidad oratoria significativa para defender, apropiadamente, ante las salas de los juzgados, las conclusiones a las que hayan llegado a través de su Informe Pericial.
Lavinia Auditores es una empresa especializada en la elaboración de Informes Periciales, tanto en conflictos privados como judiciales, que a lo largo de su trayectoria se ha ido ganando la confianza de sus clientes gracias a la calidad y rigor con que desarrolla su trabajo. Ello es posible gracias a un equipo de peritos auditores de reconocido prestigio, con experiencia y conocimientos en diferentes materias, lo que convierte a Lavinia Auditores en la mejor opción a la hora de realizar peritajes con garantías en los diversos ámbitos del área económica.
Lavinia Auditores elabora exclusivamente Informes Periciales de carácter económico y contable, y posee una amplia trayectoria en su confección y ratificación en los principales juzgados de Barcelona y Madrid. Entre los servicios que prestamos actualmente como peritos economistas, destacamos los siguientes:
- Informes Periciales de carácter económico, contable y financiero para empresas y particulares.
- Informes Especiales de carácter pericial para participaciones Preferentes, y productos financieros complejos.
- Informes Periciales por cláusulas suelo, hipotecas Multidivisa, permutas Financieras, swaps, etc.
- Informes Periciales para justificación de despidos por causas objetivas, económicas y/o productivas.
Gracias a la experiencia y al prestigio que Lavina Auditores ha ido adquiriendo a lo largo de su trayectoria profesional, numerosas Empresas, Compañías Aseguradoras, Abogados y Entidades Oficiales, contratan a nuestros peritos por la experiencia, el rigor y la profesionalidad demostrada en cada una de sus intervenciones, lo que nos sitúa como una de las principales empresas de nuestro país en la confección de Informes Periciales del área económica, financiera y contable.
Si necesita elaborar un Informe Pericial económico puede ponerse en contacto con Lavinia Auditores por email en contacto@lavaudit.es o si prefiere puede visitarnos en las oficinas que tenemos en todas las capitales de provincia de nuestro país, el equipo de profesionales de Lavinia Auditores le atenderá, asesorándole y resolviendo cualquier duda que tenga al respecto.
Informe de Auditoria Due Diligence
Con carácter general, el auditor encargado de llevar a cabo la auditoría Due Diligence deberá aplicar unos procedimientos generales y unos concretos en el área finaciera y patrimonial de la entidad. El auditor encargado deberá comprender la actividad principal de la empresa en todas sus líneas negocio, productos y servicios para poder transmitírselos al cliente interesado en adquirir la entidad. En el proceso de auditoria Due Diligence es relevante conocer los principales clientes de la entidad y determinar el grado de fidelidad de los mismos ya que, en nuestra opinión es el activo más relevante y uno de los principales riesgos en los que incurre el posible comprador en caso de que estos abandonen la compañía con posterioridad a la adquisición de la entidad.